Inspectores acreditados
Inspección y
verificación
Estamos acreditados ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) con el registro UICV-024



años de experiencia
Acerca de nosotros
La manera unida de encontrar servicios especializados
Total Energéticos Orión nace para dar solución al gremio que se encuentra en la cadena de valor de Hidrocarburos para realizar la inspección y verificación que se derivó de acuerdo a las obligaciones fiscales en los sistemas de control volumétrico relativas al anexo 30 y 31 del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Estamos acreditados ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) en el rubro como Unidad de Inspección de Control Volumétrico de Hidrocarburos y petrolíferos con el registro UICV-024.
o llame 3331333440
Servicios
Siéntase satisfecho con los servicios que brindamos de la A a la Z en inspección
Somos una unidad de inspección acreditada para emitir los certificados sobre la correcta operación de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos en las siguientes actividades en la industria de hidrocarburos:
Proceso
Hacemos la inspección más fácil
El proceso de inspección para la emisión del certificado de la correcta o incorrecta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, comprende de las siguientes etapas:

1.
Revisión documental

2.
Inspección de instalaciones

3.
Generación de conclusiones

4.
Emisión del certificado

Antecedentes
Reformas anexos 30 y 31
Inicio de la obligación: Se publica en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Enero del 2022 los Anexos 30 y 31 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, la cual establece los Especificaciones Técnicas de Funcionalidad y Seguridad de los Equipos y Programas Informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos. Esto aplicable a toda la cadena de valor del sector hidrocarburos.
Periodicidad: Se requiere realizar anualmente la implementación del Sistema de Gestión de Mediciones y Certificación del Cumplimiento del Anexo 30 y 31 conforme al numeral 31.3 del Anexo 3.
Entrega ante la Autoridad: Conforme a lo publicado por el SAT, se debe enviar anualmente el Certificado de la Evaluación realizada por un Tercero a más tardar el 30 de Septiembre, a menos que se emitan prorrogas (Prorroga emitida para el 31 de Diciembre del 2022).
Obligaciones aplicables: Dar aviso al SAT cuando se adquieran e instalen equipos y programas para llevar controles volumétricos;
Reportar a más tardar el 30 de Septiembre de cada año, el certificado de la correcta o incorrecta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos;
Generación diaria y mensual de los reportes de información de controles volumétricos;
Envío mensual al SAT, de los reportes generados por el programa informático para llevar controles volumétricos, en formato JSON/XML.

Cotizar
Contáctenos
Envíenos un mensaje o correo electrónico a ventas@totalenergeticos.com.mx
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